Propone el diputado Omar Bazan sancionar la publicación explícita de imágenes de cadáveres

EL diputado local por el Partido Revolucionario Institucional, Omar Bazan propone sancionar la publicación de "imágenes de cadáveres de forma explícita", argumenta que "no tiene otra finalidad que aumentar una morbosidad malsana de personas y por tanto debe evitarse al máximo su circulación, por sus efectos en el círculo familiar de la víctima".

El legislador señaló que "Muchas veces, la publicación de imágenes de cadáveres conlleva delitos en la mayoría de las jurisdicciones y más grave sin que se tenga el consentimiento adecuado, por varias razones:

Violación de la privacidad: Publicar imágenes de cadáveres sin permiso puede ser una violación de la privacidad de la persona fallecida y de sus familiares.

Difamación: En algunos casos, la publicación de imágenes de cadáveres puede ser considerada difamación si perjudica la reputación de la persona fallecida o de sus familiares.

Ofensa a la moral pública: En muchas jurisdicciones, publicar imágenes de cadáveres sin permiso puede considerarse una ofensa a la moral pública".

Respecto a la publicación de las imágenes en los medios de comunicación, Bazan Flores señaló que "cuando los cadáveres o las personas heridas aparecen dentro de un contexto informativo, el criterio utilitario puede emplearse para decidir si la fotografía se publica o no".

"Ante esto, proponemos que en el caso de la difusión de imágenes para fines periodísticos se podrá hacer siempre y cuando no se vulnere la dignidad póstuma del cadáver, aunque quedarán exceptuadas las imágenes de cadáveres para fines ministeriales".

Agregó que periódicos de América Latina y el Washington Post han creado códigos de conducta para respetar la dignidad póstuma, evitando la exhibición de cadáveres maliciosa, indigna, irrespetuosa, luego de leyes o reglamentos, en algunos casos sin ello.

"La dignidad póstuma de la persona muerta, deriva derechos y obligaciones en el tratamiento de su cadáver y deben tomarse en cuenta las relaciones afectivas y simbólicas en torno al cadáver, así como el valor intrínseco de los cuerpos. Y analiza el tratamiento de los cadáveres de las mujeres asesinadas, en los casos de feminicidios, donde hay poco respeto en todos los medios de comunicación", puntualizó.

Por ello la propuesta establece que los cadáveres deberán ser tratados “con dignidad póstuma, entendida como una actitud y trato digno, de respeto y consideración a los valores y cadáver de una persona”. Y apunta a endurecer sanciones a los medios de comunicación.

Cuando la publicación de la foto es necesaria para respaldar una información de claro interés público, por ejemplo, el abatimiento de algún criminal. Con el fin de que se cierre el caso.

El legislado propone reformar el Código Penal del Estado de Chihuahua, a fin de que se adicione un Artículo 202 Bis, con la finalidad de implementar como delito la publicación de imágenes explícitas de cadáveres sin consentimiento de los familiares directos, para quedar redactados de la siguiente manera:

Artículo 202 Bis.
Se impondrá de seis meses a cuatro años de prisión o trabajo a favor de la comunidad por un lapso igual, a quien:

Difunda imágenes explicitas de cadáveres sin consentimiento de los familiares directos y que, en el caso de la difusión de fotografías para fines periodísticos se podrá hacer siempre y cuando no se vulnere la dignidad póstuma del cuerpo.

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